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Agentes de retención

Esta sección se realiza únicamente a título informativo. Para mayores detalles, recomendamos remitirse a la normativa vigente.

Introducción

Por encargo del Estado Peruano (D.S. 136-2011-EF), CAVALI ha asumido el rol de Agente de Retención del impuesto a la renta a las ganancias de capital e intereses. Esto le permitirá a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) centralizar y simplificar el cálculo, retención y cobro del impuesto mediante la infraestructura provista por CAVALI.

 

Personas a las que se les retiene el impuesto

  • Personas naturales domiciliadas 
  • Personas naturales no domiciliadas
  • Personas jurídicas no domiciliadas 

Casos en los que se realiza la retención

  • Venta de valores que se produzca en la rueda de bolsa de la Bolsa de Valores de Lima.
  • Pago de intereses provenientes de valores representativos de deuda (bonos y otros), cuya liquidación en efectivo se realice a través de CAVALI.
  • Pago de intereses provenientes de operaciones de reporte y préstamo bursátil, cuya liquidación en efectivo se realice a través de CAVALI.

CAVALI, siguiendo la normativa vigente, ha establecido un proceso de retención que le permitirá retener eficientemente al momento de realizar la liquidación de valores

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