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Preguntas Frecuentes

Aquí respondemos las preguntas más frecuentes planteadas por los usuarios.

01¿Qué es CAVALI?

¿Qué es CAVALI?

CAVALI es una Sociedad Anónima que tiene por objeto realizar el registro, compensación, liquidación y transferencia de valores. Ello permite que las personas que realizan operaciones en la Bolsa de Valores de Lima y otros mecanismos centralizados de negociación puedan realizar sus operaciones de manera eficiente y segura.

02¿CAVALI es una Sociedad Agente de Bolsa?

¿CAVALI es una Sociedad Agente de Bolsa?

No. Una Sociedad Agente de Bolsa (S.A.B.) es una Sociedad Anónima debidamente autorizada por la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), que se dedica a la intermediación de valores en el mercado bursátil. Las S.A.B son Participantes Directos de CAVALI, ya que tienen acceso a liquidar operaciones en fondos y valores.

03¿CAVALI es lo mismo que la Bolsa de Valores?

¿CAVALI es lo mismo que la Bolsa de Valores?

No. La Bolsa de Valores de Lima S.A. (B.V.L.) es una sociedad que tiene por objeto facilitar la negociación de valores inscritos en ella, proveyendo los servicios, sistemas y mecanismos adecuados para la intermediación de manera justa, competitiva, ordenada, continua y transparente. Luego de realizada la negociación en la BVL, CAVALI realiza la compensación y liquidación de fondos y valores.

04¿Cuáles son las principales funciones de CAVALI?

¿Cuáles son las principales funciones de CAVALI?
  • Llevar el registro contable de valores representados por anotaciones en cuenta de emisiones inscritas y no inscritas en Bolsa, y realizar las anotaciones correspondientes.
  •  Efectuar la transferencia, compensación y liquidación de fondos y valores, que se deriven de la negociación de éstos por los mecanismos de negociación autorizados o de manera extrabursátil.
  •  Analizar y administrar el riesgo asociado a la compensación y liquidación de operaciones con valores.
  •  Prestar asesoría a sus participantes respecto a materias vinculadas a su objeto social.
  •  Entregar dividendos en efectivo, acciones liberadas y otros beneficios o derechos derivados de los valores inscritos en el registro contable.
  •  Evaluar la capacidad operativa del sistema de liquidación y entrega de valores de las operaciones con valores que se negocien en el mercado local e internacional, así como suscribir convenios con depositarios o instituciones constituidas en el exterior o en el país encargadas del registro, custodia, compensación, liquidación o transferencia de valores, para facilitar la liquidación de dichas operaciones.
  •  Mantener y administrar el dinero, valores y otros activos entregados por sus participantes para el cumplimiento de sus obligaciones.
  • Asimismo, otras funciones contempladas en la Ley, el Reglamento, las normas que dicte la Superintendencia del Mercado de Valores y los Reglamentos Internos.

05¿Qué es el RUT?

¿Qué es el RUT?

El Registro Único de Titular (RUT) es el código asignado a todo propietario de valores anotados en cuenta en CAVALI, para su identificación, confidencialidad y adecuado registro de datos.

06¿Cómo puedo saber cuál es el saldo de valores que tengo?

¿Cómo puedo saber cuál es el saldo de valores que tengo?

Para ello tiene dos caminos:

  • Suscríbase a CAVALI.WEB, el servicio gratuito electrónico que, entre otras cosas, le permite visualizar el estado actual de su portafolio de valores, las operaciones realizadas en los últimos tres meses y descargar el certificado de retención a la ganancia de capital e intereses. Más información en:https://serviciosweb.cavali.com.pe/client/login
  • Hacer una solicitud de información en nuestras oficinas de Lima, donde podrá  conocer el saldo en cualquier momento de los últimos años. Para este servicio aplican tarifas. Más información en: www.cavali.com.pe/servicios/accionistas/sol.html

07¿Qué es un cambio de titularidad?

¿Qué es un cambio de titularidad?

Es el cambio de propiedad de un valor cuando no ha existido una transacción económica de por medio. Tal es el caso de las herencias, separaciones de patrimonios conyugales, entre otros.

Si desea realizar el trámite de cambio de titularidad, encuentre los requisitos aquí.

08¿Qué son las Facturas Negociables?

¿Qué son las Facturas Negociables?

Las Facturas Negociables son títulos valores que se originan de la factura comercial o recibo por honorarios, que pueden representarse mediante anotaciones en cuenta a través de su registro electrónico en la ICLV, conforme a la Ley que promueve el financiamiento a través de la factura comercial, Ley N° 29623, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 208-2015-EF.

09¿Qué son los títulos valores?

¿Qué son los títulos valores?

Son instrumentos que permiten dinamizar las transacciones comerciales, que incorporan derechos de crédito o de contenido patrimonial, cuyo destino es la circulación. Estos instrumentos deben reunir los requisitos formales esenciales que exige la ley que regula el título valor para que cuenten con mérito ejecutivo.
 
La calidad de título valor es otorgada por Ley, como es el caso de los títulos valores reconocidos por La Ley N° 27287, Ley de Títulos Valores (LTV), a saber: los valores mobiliarios, la letra de cambio, el pagaré; o aquellos que posteriormente son creados por leyes específicas, como es el caso de la Factura Negociable.

10¿Los títulos valores se pueden representar por anotación en cuenta?

¿Los títulos valores se pueden representar por anotación en cuenta?

Sí, la LTV en su artículo 2° reconoce a la anotación en cuenta como una forma de representación de los títulos valores, que se realiza con la desmaterialización del título valor físico o con el registro electrónico del título valor en el Registro Contable administrado por una Institución de Compensación y Liquidación de Valores (ICLV), que le otorga la validez jurídica.

La ICLV en el Perú es CAVALI S.A. ICLV, que cuenta con los procedimientos para realizar la anotación en cuenta de los títulos valores.

11¿Qué títulos valores se representan por anotación en cuenta en la ICLV?

¿Qué títulos valores se representan por anotación en cuenta en la ICLV?

Todos los títulos valores pueden ser anotados en cuenta en la ICLV como los que contienen  derechos patrimoniales y de crédito, destinados a la circulación y que reúnen los requisitos formales esenciales que señala la LTV, y los requisitos señalados en el Capítulo III De los Emisores y Valores o en el Capítulo XVII Del Registro Centralizado de Facturas Negociables del Reglamento Interno de CAVALI, aprobado por Resolución CONASEV Nº 057-2002-EF/94.10, según corresponda.


CAVALI como ICLV tiene entre sus funciones principales, de acuerdo al artículo 223° del TUO de la Ley del Mercado de Valores (LMV), llevar el registro centralizado de valores mobiliarios y títulos valores de emisión no masiva representados por anotación en cuenta, como son las acciones, bonos, instrumentos de corto plazo, facturas conformadas, facturas negociables, pagarés, letras de cambio, entre otros.

12Siendo la firma uno de los requisitos esenciales del título valor, ¿cómo se obtiene dicha firma en los títulos valores representados por anotación en cuenta?

Siendo la firma uno de los requisitos esenciales del título valor, ¿cómo se obtiene dicha firma en los títulos valores representados por anotación en cuenta?

En los títulos valores representados por anotación en cuenta la firma para la emisión, aceptación, garantía o transferencia del título valor, se obtiene por medios electrónicos, previo acuerdo de las partes que intervienen en el título valor. Esta firma tendrá la misma validez jurídica que una firma autógrafa, de acuerdo a lo señalado por el artículo 6° de la LTV.

13¿Quiénes realizan la anotación en cuenta de los títulos valores en CAVALI?

¿Quiénes realizan la anotación en cuenta de los títulos valores en CAVALI?

La anotación en cuenta de los títulos valores es realizada a solicitud de los Participantes de CAVALI, quienes acceden a tener una cuenta matriz en el Registro Contable que CAVALI administra, en la cual custodian de forma electrónica los títulos valores por cuenta propia o de terceros. Los Participantes son responsables de administrar su cuenta matriz y verificar la validez legal del título valor que ingresa a su custodia electrónica.


Pueden ser Participantes de CAVALI determinadas entidades como los bancos, financieras, cajas municipales, sociedades agentes de bolsa, empresas de factoring registradas en la SBS, entre otros, que cumplan los requisitos establecidos en el Capítulo II De los Participantes del Reglamento Interno de CAVALI, aprobado por Resolución CONASEV N° 057-2002. La lista de Participantes de CAVALI se encuentran publicados en la página web: https://cavali-corporativa.screativa.com/clientes 
 
La anotación en cuenta de los titulos valores también puede ser realizada por los Emisores con cuenta emisor, quienes realizan el registro de los titulos valores emitidos por ellos mismos, conforme lo establecido por el Capitulo III De los Emisores y Valores del Reglamento Interno de CAVALI.

14¿Cómo se transfieren los títulos valores anotados en cuenta?

¿Cómo se transfieren los títulos valores anotados en cuenta?

La transferencia de los titulos valores anotados en cuenta se realiza a través de la transferencia contable, que efectúa el Participante dentro de su cuenta matriz.


Quien adquiere títulos valores anotados en cuenta por transferencia contable en CAVALI, producto de una operación comercial o financiera, adquiere los mismos efectos jurídicos que quien adquiere un titulo valor físico por endoso (título valor a la orden) o cesión de derechos (título valor nominativo), siendo reputado legítimo tenedor, y puede exigir el cumplimiento de las prestaciones que derivan del valor o título valor anotado en cuenta.

15¿Cómo se ejecutan judicialmente los títulos valores anotados en cuenta en la ICLV?

¿Cómo se ejecutan judicialmente los títulos valores anotados en cuenta en la ICLV?

El mérito ejecutivo de los títulos valores representados por anotación en cuenta recae en la Constancia de Inscripción y Titularidad emitida por CAVALI, de conformidad con lo señalado por el artículo 18.3 de la LTV, el 216 de la LMV y 60 del Reglamento ICLV. La referida Constancia es un título ejecutivo reconocido en el inciso 5) del artículo 688° del Código Procesal Civil, que permite a los legítimos tenedores de los títulos valores iniciar los procesos de ejecución judicial ante el incumplimiento en el pago del título valor.
 
La Constancia de Inscripción y Titularidad o Certificado de Acreditación es emitido por CAVALI y tendrá un vigencia no mayor a tres días desde la fecha de su expedición, cuando es informativa, salvo en los casos en que se solicite para iniciar un proceso ejecutivo, en los cuales la vigencia de dicho certificado se extiende hasta que se expida el respectivo mandato judicial o laudo arbitral.
 
Los titulos valores anotados en cuenta no requieren de protesto. El protesto es aplicable a los titulos valores físicos conforme lo señalada la LTV. Para la ejecución de los titulos valores anotados en cuenta en CAVALI solo es necesaria la Constancia de Inscripción y Titularidad emitida por CAVALI a solicitud del legítimo tenedor, quien tiene un plazo de hasta tres (3) años contados a partir de la fecha de vencimiento del título valor para solicitar la Constancia (plazo de prescripción de la acción cambiaria directa).

16¿Qué ocurre si la Constancia de Inscripción y Titularidad se extravía, se destruye o se deteriora?

¿Qué ocurre si la Constancia de Inscripción y Titularidad se extravía, se destruye o se deteriora?

En caso la Constancia de Inscripción y Titularidad se haya emitido físicamente, el legítimo tenedor del título valor anotado en cuenta, deberá realizar una denuncia policial por pérdida de la Constancia de Inscripción y Titularidad, y presentar dicha denuncia a CAVALI, a fin de que se le emita un duplicado de la Constancia y pueda iniciar su proceso de ejecución en la vía judicial. Sin embargo, si la Constancia se emitió digitalmente, podrá descargarla directamente en Factrack.

17¿El legítimo tenedor puede desistir de la solicitud de emisión de la Constancia de Inscripción y Titularidad?

¿El legítimo tenedor puede desistir de la solicitud de emisión de la Constancia de Inscripción y Titularidad?

Sí, el Legítimo tenedor podrá, a través del Participante, solicitar a CAVALI el desistimiento de la solicitud de la emisión de la Constancia. Para estos efectos, el Participante deberá ingresar a Factrack y rechazar la solicitud dentro del día hábil que tiene el adquirente para acreditar el pago. 

18¿Qué se debe realizar si cuentas con la Constancia de Inscripción y Titularidad y desistes de iniciar la cobranza en un proceso judicial?

¿Qué se debe realizar si cuentas con la Constancia de Inscripción y Titularidad y desistes de iniciar la cobranza en un proceso judicial?

En este caso, una vez que el deudor realice la cancelación de la Factura Negociable al legítimo tenedor, deberá realizar la regularización a la Cámara de Comercio de Lima, siguiendo lo indicado en el siguiente enlace: http://www.protestosymoras.com/tarifas.html?v=5 

19¿Qué efectos en el Registro Contable de CAVALI genera la emisión de la Constancia de Inscripción y Titularidad?

¿Qué efectos en el Registro Contable de CAVALI genera la emisión de la Constancia de Inscripción y Titularidad?

Durante la vigencia de la Constancia de Inscripción y Titularidad para iniciar un proceso de ejecución, el titulo valor (Factura Negociable) relacionado a la Constancia se encontrará bloqueado en Factrack, no pudiendo anotarse sobre el mismo, transferencias o gravámenes, ni practicar inscripciones, excepto aquellas solicitudes que CAVALI reciba de autoridad judicial o administrativa competente. 

20¿Qué transacciones se pueden realizar con Facturas Negociables?

¿Qué transacciones se pueden realizar con Facturas Negociables?

Las Facturas Negociables pueden ser utilizadas por los proveedores de bienes o servicios que emiten facturas comerciales o recibos por honorarios electrónicos al crédito, pues a partir de dichos comprobantes de pago se originan las Facturas Negociables, que le permitirán obtener financiamiento a través de operaciones de factoring o descuento, o garantizar el cobro vía ejecución judicial de sus acreencias ante el incumplimiento de las obligaciones de pago incorporadas en dicho título valor.

21¿Cómo se realiza la anotación en cuenta de Facturas Negociables en la ICLV?

¿Cómo se realiza la anotación en cuenta de Facturas Negociables en la ICLV?

El proveedor deberá acudir a un factor, como es una entidad bancaria o empresa de factoring, que a su vez sea Participante de CAVALI, a fin de constituir la Factura Negociable anotada en cuenta originada de su factura comercial o recibo por honorario electrónico, completando la siguiente información adicional, en tanto no se encuentre detallada en el comprobante de pago, como es el caso del domicilio del Proveedor, domicilio del Adquirente, Fecha de Vencimiento, Fecha de Pago y Monto Neto Pendiente de Pago.

 
El Participante iniciará el proceso de anotación en cuenta de la factura en su cuenta matriz a titularidad del proveedor, previa validación que realiza CAVALI ante  SUNAT respecto a la validez de la factura comercial o recibo por honorario electrónico que da origen a la factura negociable.

 

Una vez producida la anotación en cuenta de la factura negociable, ésta es notificada por CAVALI al adquirente, a través de la Plataforma FACTRACK, siempre que el adquirente se encuentre registrado, o en su defecto, el factor notificará al adquirente. Esta notificación tiene carácter informativa si el flujo de conformidad es a través de la Plataforma de Confirmación de SUNAT; si el flujo de conformidad se tiene que brindar a través de la Plataforma FACTRACK, el plazo para la respuesta será de 8 días calendario desde que el adquirente recibe la notificación por anotación en cuenta, en caso no haya respuesta en dicho plazo la factura se presume conforme.

22¿Cómo se realiza la anotación en cuenta de los Pagarés?

¿Cómo se realiza la anotación en cuenta de los Pagarés?

Los Pagarés pueden ser  anotados en cuenta como consecuencia de su desmaterialización o su registro electrónico en CAVALI, lo que se realiza a solicitud del Participante, en cuya cuenta matriz se alojará dicho título valor bajo su titularidad, de conformidad con el servicio regulado en el Capítulo III De los Emisores y Valores del Reglamento Interno de CAVALI.

El Pagaré en la mayoría de los casos es emitido de forma incompleta, por lo que su desmaterialización o emisión por medios electrónicos, con el uso de la firma electrónica del obligado al pago y obligados solidarios (avales) puede realizarse bajo dicha forma, informando sobre  su acuerdo de llenado.

23¿Cuál es el procedimiento para la emisión de la Constancia de Inscripción y Titularidad de un Pagaré anotado en cuenta?

¿Cuál es el procedimiento para la emisión de la Constancia de Inscripción y Titularidad de un Pagaré anotado en cuenta?

Los artículos 158° y 159° de la LTV establecen las formalidades para que el Pagaré tenga mérito ejecutivo, por lo que si se anota en cuenta un Pagaré incompleto, en caso requiera su ejecución por incumplimiento del pago, deberá completarse en el Registro Contable de CAVALI la información necesaria, como es el monto neto pendiente de pago, las tasas de interés respectivas, entre otros datos, conforme al acuerdo de llenado.

El mérito ejecutivo del Pagaré recae en la Constancia de Inscripción y Titularidad emitida por CAVALI. La emisión se realiza a solicitud del Participante, entregándose al mismo en el plazo de dos (2) días hábiles.

24¿A qué comprobantes se les otorga la conformidad en Factrack y a cuáles en SUNAT?

¿A qué comprobantes se les otorga la conformidad en Factrack y a cuáles en SUNAT?

El registro de la conformidad, disconformidad y subsanación de una disconformidad de las facturas electrónicas y recibos por honorarios electrónicos, emitidos al crédito a partir del 17 de diciembre del 2021 y con plazo de pago mayor a 8 días, contados desde su fecha de puesta a disposición al adquirente, se realiza a través de la Plataforma de Confirmación de SUNAT.

Por el contrario, la conformidad y disconformidad de las facturas electrónicas y recibos por honorarios electrónicos con plazos distintos a los mencionados en el párrafo anterior deberá ser registrada directamente en nuestra plataforma Factrack., como es el caso de los comprobantes de pago emitidos antes del 17 de diciembre de 2021, y de aquellos emitidos con posterioridad a dicha fecha al contado o los emitidos al crédito con plazos de hasta 8 días, contados desde su fecha de puesta a disposición en SUNAT.  

25¿Cómo se realizan las transferencias contables de las Facturas Negociables?

¿Cómo se realizan las transferencias contables de las Facturas Negociables?

Producida la conformidad expresa o tácita, el Participante podría proceder con el adelanto de fondos al proveedor, realizándose la operación de factoring o descuento, transfiriendo la Factura Negociable a su favor vía transferencia contable (endoso), convirtiéndose a partir de ese momento en legítimo tenedor de la Factura Negociable, a efectos de exigir la obligación de pago al Adquirente en la fecha de vencimiento de la factura.

26¿Qué operaciones se pueden realizar con letras de cambio?

¿Qué operaciones se pueden realizar con letras de cambio?

Las empresas utilizan las letras de cambio que giran para garantizar operaciones comerciales que celebran con sus clientes, como es el caso de adquisición de activos al crédito o mutuos dinerarios.

En caso la empresa giradora es también beneficiaria de la letra de cambio, y tenga el interés de negociar las letras de cambio, como es realizar operaciones de factoring o descuento con dichos instrumentos, lo puede realizar previo traspaso de las letras de la cuenta de emisor a la cuenta matriz del Participante o entidad de financiamiento, con la cual la empresa celebra la operación de factoring o descuento, en cuyo caso dicho Participante pasará a ser el legítimo tenedor de la letra.

27¿Cómo se realiza la anotación en cuenta de las letras de cambio?

¿Cómo se realiza la anotación en cuenta de las letras de cambio?

Las letras de cambio giradas por las empresas pueden ser anotadas en cuenta como consecuencia de su desmaterialización o su registro electrónico en el Registro Contable de CAVALI, a solicitud de los Participantes o de la misma empresa giradora, que en este caso solicita a CAVALI la apertura de una cuenta de emisor, en la cual alojará las letras que gira en su favor, que serán aceptadas por sus clientes.

La emisión y aceptación de las letras de cambio se realiza mediante medios electrónicos, con el uso de firmas electrónicas por parte de las empresas giradoras y los clientes, cumpliéndose lo dispuesto en el servicio de registro de letras de cambio, regulado en el Capítulo III De los Emisores y Valores del Reglamento Interno de CAVALI.

28¿Cuál es el procedimiento para la emisión de la Constancia de Inscripción y Titularidad de la letra de cambio anotado en cuenta?

¿Cuál es el procedimiento para la emisión de la Constancia de Inscripción y Titularidad de la letra de cambio anotado en cuenta?

El mérito ejecutivo de la letra de cambio recae en la Constancia de Inscripción y Titularidad emitida por CAVALI. La emisión se realiza a solicitud del Participante, entregándose al mismo en el plazo de dos (2) días hábiles.

29¿Qué ocurre si el adquirente no cumple con el pago de la Factura Negociable en la fecha de vencimiento?

¿Qué ocurre si el adquirente no cumple con el pago de la Factura Negociable en la fecha de vencimiento?

En caso de incumplimiento de pago por el adquirente, el legítimo tenedor de la Factura Negociable podrá solicitar a CAVALI la emisión de la Constancia de Inscripción y Titularidad, a fin de iniciar su proceso de ejecución en la vía judicial para exigir el cumplimiento de la obligación de pago.

30¿Cuál es el procedimiento para la emisión de la Constancia de Inscripción y Titularidad de una Factura Negociable?

¿Cuál es el procedimiento para la emisión de la Constancia de Inscripción y Titularidad de una Factura Negociable?

El procedimiento referido a la emisión de la Constancia se encuentra regulado en el artículo 13°-B del Reglamento de la Ley N° 29623 y en el Capítulo XVII Del Registro Centralizado de Facturas Negociables del Reglamento Interno de CAVALI.

De acuerdo a este procedimiento, el legítimo tenedor solicitará a CAVALI, a través de su Participante o de manera directa, la emisión de la Constancia y ésta solicitud será puesta a conocimiento del adquirente registrado en CAVALI, otorgándole el plazo de un (1) día hábil para pagar la Factura Negociable o acreditar el pago. Si en el plazo señalado el adquirente no cumple con pagar o acreditar el pago, al día siguiente CAVALI emite y entrega la Constancia al legítimo tenedor.

Cabe señalar, que CAVALI también comunicará la expedición de las Constancias con periodicidad diaria al Registro Nacional de Protestos y Moras de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), a fin de que se registren a los adquirentes morosos.

31¿Qué ocurre si se realiza el pago de la Factura Negociable luego de haberse emitido la Constancia de Inscripción y Titularidad en favor del legítimo tenedor?

¿Qué ocurre si se realiza el pago de la Factura Negociable luego de haberse emitido la Constancia de Inscripción y Titularidad en favor del legítimo tenedor?

Una vez que se haya tomado conocimiento del pago de la factura negociable, corresponde al legítimo tenedor o al adquirente acreditar el pago ante la CCL, a fin de que esta entidad informe a CAVALI sobre la regularización del pago tardío, se proceda a desbloquear la factura y se envíe una alerta al Participante para que proceda a redimirla en la Plataforma FACTRACK.

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